Prórroga oficial de unidades aduaneras independientes hasta el 31 de octubre de 2024

Certificaciones individuales para autónomos: prórroga oficial hasta el 31 de octubre de 2024

Con el Resolución N° 13/H Publicado hace unos minutos La Agencia Tributaria ha “ampliado” el plazo de presentación de certificados individuales para autónomos hasta el 31 de octubre de 2024.

Prórroga oficial de la UC independiente hasta el 31 de octubre de 2024
Resolución de la Agencia Tributaria N° 13/H de 4 de marzo de 2024

La controversia surgió porque La fecha límite normal es el 16 de marzo. – 18 de marzo de 2024 – Durante varios años se consideró prorrogado automáticamente al mismo plazo que el Modelo 770. Es decir, no se aplicaron sanciones a las CAC por cuenta propia enviadas dentro del plazo. Modelo 770incluso si esos empleados tuvieran que ser enviados primero.

en Instrucciones para el formulario CU 2024 Publicado por la Agencia Tributaria No hay indicaciones específicas sobre los plazos que deben respetarse, pero eso es Salva el 29 de febrero El último y lo relacionado con él. Modelo de ingresos Lo que indica que el plazo del 16 de marzo también es válido para las CAC por cuenta propia (a diferencia de lo esperado en años anteriores).

En general, tenga en cuenta que los certificados únicos contienen exclusivamente… Ingresos exentos o no declarados Utilizando la declaración precompilada, se puede presentar durante el mes de octubre, junto con Modelo 770.

Por lo tanto, se incumplió la fecha límite del 16 de marzo, que fue pospuesta para el año en curso al lunes 18. CU para autónomosal menos hasta el año pasado.

Se trata de una regla que podría haber sido cancelada para el presente año a la luz de los cambios relacionados con las declaraciones recaudadas anteriormente estipuladas en el Decreto Legislativo N° 100 de 2018. 1/2024.

Decreto Legislativo N° 1/2024 el cual, al menos en este punto, debe considerarse derogado por la interpretación de la Administración Financiera a que se refiere la Resolución 13/e emitida por la Agencia Tributaria.


Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll to Top