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    Nuevo Régimen Tributario Especial para feriantes: impulso a la formalización del comercio popular en Chile

    Sam AllcockBy Sam Allcockenero 12, 2026No hay comentarios4 Mins Read
    Nuevo Régimen Tributario Especial para feriantes: impulso a la formalización del comercio popular en Chile

    Santiago de Chile. La puesta en marcha del reglamento del nuevo Régimen Tributario Especial para feriantes marca un hito relevante en la política fiscal chilena y abre una nueva etapa para uno de los sectores más tradicionales de la economía local. La normativa, publicada por el Servicio de Impuestos Internos (SII) junto al Ministerio de Hacienda, materializa la modificación a la Ley N° 825, promulgada en mayo de 2025, con el objetivo de simplificar la tributación, fomentar los pagos electrónicos y avanzar en la formalización del comercio en ferias libres.

    La iniciativa apunta a reducir las barreras históricas que han mantenido a miles de feriantes al margen del sistema tributario formal, al tiempo que promueve la digitalización de las transacciones y una mayor trazabilidad económica. “Este nuevo régimen es una señal potente de modernización con sentido social, que acerca la tecnología y la formalización a los emprendedores que día a día sostienen la economía local”, destaca Nicole Revillot, Country Manager de TUU by Haulmer.

    Un sector en expansión y de alto impacto laboral

    La relevancia de esta medida se explica, en parte, por el tamaño y crecimiento sostenido del sector. De acuerdo con el último catastro elaborado por el Ministerio de Economía y el Servicio de Cooperación Técnica (Sercotec), entre 2016 y 2025 el número de ferias libres en Chile aumentó de 1.114 a 1.455, lo que representa un crecimiento del 31% en una década. En el mismo período, la cantidad de puestos pasó de 113.112 a 163.165, elevando el promedio por feria de 102 a 111.

    El impacto laboral también es significativo. El informe estima que en 2025 el sector podría generar hasta 440.000 empleos, frente a los 340.000 registrados en 2016, lo que equivale a un incremento del 30% en la fuerza laboral vinculada a esta actividad. Estas cifras refuerzan la importancia de contar con un marco tributario acorde a la realidad de un comercio intensivo en mano de obra y profundamente arraigado en la vida cotidiana de las comunidades.

    Cambios estructurales en la forma de tributar

    Uno de los elementos centrales del nuevo régimen es el reemplazo del IVA del 19% por un impuesto sustitutivo del 1,5%, aplicado exclusivamente sobre las ventas realizadas mediante pagos electrónicos autorizados por el SII. Este cambio supone una transformación estructural en la relación entre los pequeños comerciantes y el sistema tributario, al reducir la carga administrativa y facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

    “El nuevo régimen no sólo simplifica el cumplimiento tributario, sino que también abre la puerta a la inclusión financiera y digital para miles de emprendedores del comercio local, pero para que este cambio sea exitoso, la tecnología debe ser un facilitador real. Como industria, tenemos el desafío de acompañar a los feriantes en la adopción de medios de pago electrónicos, garantizando que este proceso sea accesible, transparente y beneficioso para todos”, agrega Revillot.

    Inscripción, requisitos y costos

    Con la entrada en vigencia del reglamento, los feriantes pueden inscribirse en el nuevo régimen y, una vez aceptados, quedarán incorporados oficialmente a partir de enero de 2026. Desde el mes siguiente a la inscripción, los contribuyentes quedarán liberados de presentar declaraciones de impuestos y de llevar contabilidad, ya que el impuesto será retenido automáticamente por los proveedores de pago electrónico y enterado mensualmente al SII.

    El reglamento establece que solo podrán acogerse al beneficio las personas naturales que desarrollen su actividad comercial en ferias libres, cuenten con patente municipal vigente y hayan iniciado actividades ante el SII. Quedan excluidas las empresas individuales de responsabilidad limitada, así como las comunidades y sociedades.

    Asimismo, se fija un límite máximo del 3,5% en los costos por transacción, cifra que incluye la comisión del servicio, el IVA y el impuesto sustitutivo, con el fin de otorgar mayor certeza y transparencia a los comerciantes respecto de los cargos asociados al uso de pagos electrónicos.

    Proveedores autorizados y mirada de largo plazo

    Actualmente, los proveedores de pago electrónico autorizados por el SII para operar bajo este régimen son TUU, Compraquí, BancoEstado y SumUp. Estas entidades serán responsables de procesar las ventas electrónicas sujetas al nuevo impuesto del 1,5% y de realizar la retención correspondiente.

    “Para TUU, ser parte de los primeros proveedores en implementar este nuevo régimen es un compromiso con la digitalización inclusiva. Estamos convencidos de que las ferias libres no solo merecen una solución moderna, sino también justa y fácil de usar”, concluye Revillot.

    En conjunto, el Régimen Tributario Especial se proyecta como una herramienta clave para modernizar las ferias libres, reducir la informalidad y acercar la tecnología al corazón del comercio popular chileno, con reglas claras y menor burocracia para un sector fundamental de la economía.

    Sam Allcock
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    Sam Allcock es un empresario y estratega de marketing digital del Reino Unido que, a través de su trabajo en medios y marketing, ayuda a empresas de todo el mundo a impulsar su visibilidad, ofreciendo conocimientos valiosos para comunidades empresariales como las de Vaughan, según destaca Nueva Prensa.

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