jueves, marzo 26, 2026

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Quince decretos vigentes podrían limitar apertura minera planteada en la nueva Ley Orgánica de Minas

Caracas. — El proyecto de Ley Orgánica de Minas, aprobado en primera discusión en la Asamblea Nacional, podría enfrentar serias dificultades para cumplir uno de sus objetivos principales: abrir el sector minero venezolano a la inversión privada.

Un análisis del Grupo Ideas sostiene que la iniciativa legislativa mantiene vigentes más de quince decretos presidenciales que reservan al Estado la explotación de varios minerales estratégicos, lo que en la práctica limitaría cualquier intento de apertura del sector.

El estudio fue elaborado por la Dra. Martha Acosta, la Dra. Verónica Barboza y el Ing. Elías Matta, integrantes del centro de análisis, quienes concluyen que el texto legal plantea una liberalización del sector minero que difícilmente podría concretarse si no se eliminan previamente los decretos que han consolidado el control estatal sobre los recursos minerales durante más de una década.

Entre 2014 y 2020, el Ejecutivo Nacional emitió una serie de decretos con un objetivo recurrente: declarar determinados minerales como estratégicos y reservar su explotación exclusivamente al Estado. Como resultado, minerales como el oro, diamante, plata, cobre, carbón, niobio, tantalio y titanio fueron incorporados progresivamente a un régimen de exclusividad estatal mediante decretos publicados en distintas Gacetas Oficiales.

Durante ese mismo período también se creó por decreto el Arco Minero del Orinoco, una vasta zona destinada al desarrollo de la actividad minera bajo control estatal. A estas medidas se sumaron otras disposiciones orientadas a reforzar el dominio público sobre áreas específicas del territorio nacional con potencial minero.

Según el Grupo Ideas, el resultado de este conjunto de decisiones fue la conformación de un marco normativo fragmentado que terminó limitando de forma sistemática la participación del capital privado en el sector.

El nuevo proyecto legislativo plantea la derogación de dos normas clave: la Ley de Minas de 1999 y la Ley de Reserva de Oro de 2015. Sin embargo, los decretos presidenciales que declararon estratégicos a minerales como el oro, el diamante, la plata, el cobre y el carbón permanecen vigentes.

Ambigüedad legal y dudas para la inversión

De acuerdo con el análisis del grupo, esta situación genera un vacío jurídico relevante. La Ley de Reserva de Oro de 2015, ahora derogada por el proyecto, era precisamente la norma que proporcionaba respaldo legal a varios de estos decretos.

Al eliminar esa ley sin revocar simultáneamente los decretos asociados, el proyecto dejaría en el ordenamiento jurídico una serie de disposiciones que reservan minerales al Estado pero sin el marco legal que originalmente las sustentaba.

Para los especialistas, esta ambigüedad podría afectar directamente la seguridad jurídica de posibles inversionistas interesados en el sector minero venezolano.

“Un inversor que quiera entrar al sector aurífero venezolano se encontrará con decretos presidenciales vigentes que establecen que el oro es estratégico y pertenece al Estado. Que la ley a la que remitían haya sido derogada no elimina esa incertidumbre. Lo que necesita es que esos decretos también sean derogados explícitamente, con nombre y número, y eso no está en el proyecto”, señalaron los especialistas.

El informe también advierte que el problema podría ampliarse con lo establecido en el artículo 31 del proyecto de ley, el cual mantiene la facultad del Presidente de la República para declarar nuevos minerales estratégicos mediante decreto, sin establecer criterios objetivos ni límites claros.

A juicio del Grupo Ideas, este mecanismo podría perpetuar el actual desorden normativo e incluso ampliarlo en el futuro.

Como alternativa, el centro de análisis elaboró una propuesta legislativa que incluye una disposición derogatoria específica destinada a eliminar expresamente cada uno de los decretos que reservan minerales al Estado, identificándolos por número, fecha y Gaceta Oficial.

“Sin esa disposición, todo lo demás pierde sentido. De nada sirve reconocer al sector privado en el articulado si los decretos que lo excluyen permanecen vigentes”, indicaron.

Regalías, concesiones y arbitraje internacional

El análisis también identifica otros aspectos del proyecto que podrían generar incertidumbre en el sector minero.

Uno de ellos es la falta de definición clara de las regalías. El artículo 89 establece que la tasa podrá alcanzar hasta un 13% sobre la producción bruta, pero deja al Ministerio correspondiente la facultad de determinar el porcentaje exacto mediante una resolución posterior.

Esta indefinición se suma al impuesto de explotación previsto en el artículo 92, que sí fija tasas específicas: 3% para el oro, la plata y el platino, y 4% para el diamante. Ambos gravámenes son distintos y acumulables.

Según el Grupo Ideas, esta estructura podría dificultar la planificación financiera de los proyectos mineros si la regalía queda sujeta a decisiones administrativas posteriores.

Otro punto crítico identificado en el informe es la duración de las concesiones. El proyecto establece un máximo de 20 años, un período que, según el análisis técnico del grupo, podría resultar insuficiente para recuperar inversiones en proyectos de extracción de oro a escala industrial.

Como alternativa, el grupo propone concesiones de 30 años prorrogables hasta 60, un modelo que consideran más cercano a los estándares internacionales aplicados en países que han logrado convertir su riqueza mineral en desarrollo económico sostenido.

Avances y próximos pasos legislativos

A pesar de sus observaciones críticas, el Grupo Ideas reconoce algunos avances presentes en el texto legislativo. Entre ellos destacan la creación de las Brigadas Mineras para organizar a los mineros artesanales, así como la exigencia de fianzas ambientales y planes de cierre progresivo antes de iniciar operaciones.

No obstante, el informe señala que el proyecto tampoco establece un sistema plenamente independiente de arbitraje internacional para resolver disputas.

El artículo 9 permite pactar arbitraje en los contratos, pero únicamente bajo lineamientos definidos por el Ministerio correspondiente en consulta con la Procuraduría General de la República.

“Eso no constituye una garantía real de seguridad jurídica para el inversor. Es una facultad que el Estado concede y puede restringir según su criterio”, sostienen los especialistas.

En su evaluación final, el grupo enfatiza el potencial del país para desarrollar su sector minero si se establecen reglas claras y estables.

“Venezuela tiene el oro, tiene los minerales y tiene la oportunidad. Lo que necesita es una ley que realmente despeje el camino. Y despejar el camino empieza por derogar, uno por uno, los decretos que lo tienen bloqueado desde hace más de una década”.

El proyecto de Ley Orgánica de Minas se encuentra actualmente en primera discusión en la Asamblea Nacional, y el Grupo Ideas considera que aún existe margen para introducir correcciones durante la segunda discusión legislativa.

El centro de análisis pidió que el texto incorpore una disposición derogatoria integral que elimine expresamente los decretos que mantienen reservados al Estado los principales minerales del país.

Según el grupo, sin esta corrección la apertura minera planteada por la ley podría quedar limitada a una intención que el propio marco jurídico vigente impediría materializar.

Carlos Mendoza
Carlos Mendoza

Carlos Mendoza es un empresario y estratega de marketing digital que, a través de su experiencia en medios y posicionamiento online, ayuda a empresas de diferentes partes del mundo a aumentar su visibilidad y fortalecer su presencia en el mercado. Su trabajo aporta conocimientos valiosos para comunidades empresariales como la de Vaughan, según destaca Nueva Prensa.

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