La retención de impuestos se vuelve obligatoria en muchas circunstancias. Estos son los casos en los que está obligado a emitirlo.
A partir del 1 de abril estarán allí. Profundos cambios financieros en ItaliaNuevas bonificaciones, cambios de importes e incluso novedades inesperadas como la introducción de la retención en origen que se hace obligatoria en muchos casos.
La Ley de Presupuesto 2024 creó nuevas reglas que fueron implementadas y validadas por la Autoridad de Ingresos y que proporcionaron detalles y aclaraciones importantes para los ciudadanos. Todos aquellos que anteriormente estaban exentos de pago Hoy, en cambio, se les pide que sigan adelante.
Retención obligatoria en origen: casos en los que se debe emitir
La retención de impuestos es Un sistema diferente de recaudación de impuestos que prevé efectivamente el pago de una determinada cantidad si no se paga. Directo pero bloqueado. Por ejemplo, si un agente retenedor retiene un monto de compensación y luego lo paga al estado como impuesto. En Italia, se utiliza desde hace mucho tiempo para generar ingresos procedentes del trabajo por cuenta propia, de los asalariados y del capital. Como es habitual, se fija en el 20% de la base imponible y, en algunos casos, también en las facturas de comisiones. Hasta el 50% de la base imponible. Todos los pagos realizados de esta manera deben ingresarse en el Formulario 770 para realizar un seguimiento de los pagos adeudados.
Por tanto, la retención en origen será obligatoria a partir del 1 de abril. Se aplicará a las comisiones de agentes, corredores y corredores de seguros con empresas y entidades aseguradoras. Cualquiera puede caer en estas categorías. Con la entrada en vigor de esta póliza comenzamos de inmediato, por lo que a partir del 1 de abril se pagará. Por tanto lo que cambia no es la forma de hacer lo mismo ni los porcentajes que intervienen en los cálculos sino los casos en los que es cierto y se debe aplicar.
Independientemente de la fecha de vencimiento del pago. Las comisiones ahora se pagarán así a los agentes y corredores de seguros Se aplicará la tasa del 23% además del estándar en efectivo (que sigue siendo el mismo). Por tanto, alcanza el 50% del importe de la comisión en general, y el 20% de las comisiones si el destinatario se beneficia del trabajo de otros. Todos los indicadores para comprender las cifras y las tarifas se informan oficialmente en la Circular de Aclaración de la Agencia Tributaria N° 7/E de 21 de marzo de 2024.
Definitivamente esta alrededor Cambio radical e inesperado Para muchos porque supondrá un mayor coste pero no deja de ser un cambio muy importante en el sistema. Se elimina así la exención que se aplicaba a las comisiones percibidas por las compañías y corredores de seguros que no tenían que pagar estas cifras. También se deja claro que, en igualdad de trato, todos están incluidos. Corredores inscritos en las secciones (d), (e) y (f) del Registro Unificado Intermediarios de servicios relacionados.