Pago con extensión adicional del impuesto único

A diferencia de otros impuestos alternativos sobre los ingresos de empresas y trabajadores por cuenta propia, la ley que define el impuesto fijo adicional (arte. 1 Apartados 55-57 de la Ley 197/2022) él no vuelve a llamar Para pagar el impuesto, el 15% Provisiones relacionadas con el pago del IRPF.
Dado que este es un impuesto alternativo al IRPEF y los impuestos adicionales relacionados pagados en el formulario PF RENTA 2024, aún debe aplicarse la fecha límite de pago del saldo del IRPEF (arte. 17 Párrafo (1) del Decreto Presidencial No. 435/2001) y termina en 1 de julio de 2024ya que el 30 de junio cae en domingo (sujeto a una extensión que se analizará a continuación).

A falta de aclaraciones oficiales específicas, no está claro si es posible pagar el impuesto único dentro de los 30 días siguientes al plazo mencionado anteriormente con 0,40% de aumentosegún lo dispuesto para los impuestos directos en el artículo 17, párrafo 2, del Decreto Presidencial N° 435/2001.
Esta posibilidad se respalda porque el impuesto fijo adicional representa un impuesto alternativo único que no agota la recaudación impositiva, ya que se aplica limitado a una parte de los ingresos del negocio o del trabajo por cuenta propia. Sin embargo, en el pasado la Agencia Tributaria (alrededor del 12 de junio de 2002 n.d. 50§ 19.3) ha considerado que los impuestos alternativos podrán pagarse dentro de los 30 días siguientes al plazo regular con un incremento del 0,4% “si las leyes individuales que determinan el pago para fines indican los métodos y condiciones específicos de pago para la liquidación de los impuestos resultantes de la declaración”, circunstancia en la que -como ya se ha dicho- No sucede Por el aumento del impuesto fijo. Se identifica un desfase en las condiciones de pago si el contribuyente pretende diferir el pago del IRPEF respecto de la porción restante de la renta imponible no fija aprovechando el incremento del 0,40%.

Por el mismo motivo se emitió el citado documento de práctica (Circular N° 50/2002) excepto allá De primera calidad Para el impuesto alternativo, de conformidad con lo dispuesto en esta leyarte. 20 Del decreto legislativo. 241/97, “ya ​​que la ley limita la aplicación de esta institución únicamente a “las cantidades adeudadas en concepto de saldo y anticipo” que resulten de las declaraciones. Sin embargo, estos impuestos pueden diferirse si las leyes individuales así lo prevén y en la forma que éstas especifiquen”.

Para pagar el impuesto alternativo, deberá utilizar el código tributario «1731“(Resolución de la Agencia Tributaria de 18 de abril de 2024 No. 21). Al completar el Formulario F24, este código tributario se muestra en la sección “Tesorería” correspondiente a los montos que se muestran en la columna “Débitos Pagados”, con el año fiscal indicado en el campo “Año de Referencia” por el cual se realizó el pago en el “ Formato AAAA”.
Como se puede ver en el ejemplo del sitio web de la Agencia Tributaria, no es necesario completar el campo 2 “Cuota/Área/Provincia/Mes de Referencia”; Resultados para este artículo mi confirmación Exclusión del plan de cuotas de impuestos fijos.

Nuevamente en cuanto a las condiciones de pago, cabe señalar que respecto al período impositivo de 2023, elarte. 37 Del decreto legislativo. El Real Decreto 13/2024 dispuso la ampliación a 31 de julio de 2024sin incremento alguno, sobre los pagos finalizados el 30 de junio de 2024 relacionados con cantidades “derivadas de declaraciones de impuestos y las relativas al impuesto autonómico sobre actividades productivas y al impuesto sobre el valor añadido”.

Se benefician de la prórroga las personas que cumplan las siguientes condiciones:
– Realizar las actividades económicas a las que está destinado Índices Sintéticos Fiabilidad financiera ¿O cuáles son las razones actuales para Exclusión por ellos, incluidos los que se acogen al sistema de tarifa plana previsto en la ley. 190/2014 O el sistema de beneficios a que se refiere elarte. 27 Párrafo (1) del Decreto Ley N° 98/2011;
– Declarar ingresos o compensaciones por un monto que no exceda Límite Se determina para cada indicador mediante decreto de aprobación del Ministro de Economía y Finanzas (equivalente a 5.164.569 euros).
La prórroga también se aplica a las personas físicas que participen en empresas, asociaciones y negocios sujetos a normas de seguridad interna y que deberán declarar sus ingresos”.Por la transparencia«, Lleva a Artículos 5, 115 Y 116 De torre.

Dado para señalararte. 37 Párrafo 1 del Decreto Legislativo. “13/2024 para sujetos” que estén obligados a realizar pagos hasta el 30 de junio de 2024 resultante de declaraciones “De los ingresos”, teniendo en cuenta las próximas aclaraciones oficiales, parece justificado creer que la prórroga se aplica, si se cumplen las condiciones, también al pago del impuesto único adicional, dado que este impuesto lo autoliquida el contribuyente en el regreso.

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